Jueces deben reportar depósitos judiciales no reclamados y próximos a prescribir
El Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial (DEAJ) y sus direcciones seccionales realizarán un seguimiento estricto al proceso de prescripción de los depósitos judiciales a cargo de los jueces del país.
Los depósitos, representados en dinero, producto de procesos judiciales que no han sido reclamados por las partes interesadas y que se derivan de cauciones, remates, acreencias laborales, cuotas alimentarias, cánones de arrendamiento, entre otros, prescriben en dos, tres o cinco años, según sea el proceso.
A nivel nacional, existen en las cuentas judiciales un total de $ 485 mil millones, de los cuales $ 330,8 mil millones corresponden a depósitos constituidos desde hace 10 y 14 años, y $ 154,2 mil millones se encuentran en depósitos que sobrepasan los 15 años de expedidos.
Al respecto, la DEAJ advierte que los depósitos que presentan mayor riesgo de cobros irregulares y fraudes son aquellos cuya fecha de constitución supera los 10 años.
En ese sentido, el Consejo Superior de la Judicatura y la DEAJ, en la circular DEAJC23-34, resaltan la obligación que tienen todos los jueces de la República de reportar semestralmente el listado de los depósitos judiciales no reclamados al Grupo de Fondos Especiales de la Unidad de Presupuesto de la DEAJ.
El funcionario detalló la manera en la que se debe cumplir con ese deber.
El Grupo de Fondos Especiales de la Unidad de Presupuesto de la DEAJ se encarga de publicar la información en un periódico de circulación nacional y en la página web de la Rama Judicial, para que los ciudadanos interesados hagan la reclamación al despacho judicial correspondiente.
Los recursos que no sean exigidos y prescriban serán trasladados a las cuentas del Fondo para la modernización, descongestión y bienestar de la administración de justicia para apalancar proyectos de inversión que permitan mejorar la infraestructura de la prestación del servicio.
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