Estos son los beneficios y medidas contempladas en la ley que extiende el PAEF.
El presidente Iván Duque sancionó la Ley 2060, que amplía hasta marzo del 2021 el programa de apoyo al empleo formal (PAEF), establecido en el Decreto Legislativo 639 del 2020, modificado por los decretos 677 y 815 del 2020. Según la norma, se incluye a las cooperativas de trabajo asociado dentro de los beneficios otorgados por el Decreto 639.
Por lo tanto, las empresas que hayan visto afectados sus ingresos desde un 20 % por cuenta de la pandemia por covid-19 podrán acceder al subsidio, que se refiere a un pago del 40 % sobre un salario mínimo mensual legal vigente por trabajador. Con esta nueva norma se otorgan siete pagos adicionales para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2020, y enero, febrero y marzo del 2021.
Otras de las novedades que contempla la ley es la inclusión de los patrimonios autónomos como posibles beneficiarios de los programas. Estos no deben cumplir con el requisito de inscripción en el registro mercantil; en su lugar, deberán aportar su NIT y ser declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios. (Lea: Aprobada ampliación del subsidio a la nómina, incluye adición para quienes contraten mujeres)
En ese mismo sentido, las empresas beneficiarias del programa recibirán un aporte adicional de acuerdo al número de mujeres empleadas.
"Cuando dentro de los empleados sobre los cuales se recibirá el aporte se encuentren una o varias mujeres la cuantía del PAEF corresponderá al número de empleados hombres multiplicado por hasta el 40 % del valor del salario mínimo legal mensual vigente, más el número de empleadas multiplicado por hasta el 50 % del valor del salario", indica la norma. (Lea: Desde el 8 de julio, empleadores podrán solicitar apoyo para el pago de la prima)
Para efectos de lo dispuesto en la ley se entenderá que el número de empleados corresponde al número de empleados reportados en la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes inmediatamente anterior al de la postulación a cargo de dicho beneficiario.
Los empleados específicos que serán tenidos en cuenta para el cálculo del aporte estatal deberán corresponder al menos en un 50 % con los empleados individualmente considerados que hayan sido reportados en la PILA correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero del 2020 a cargo del empleador que se postula.
En cualquier caso, para obtener este beneficio no existe requerimiento alguno de mantenimiento del tamaño de la planta de empleo del respectivo empleador. En ningún caso el número de empleados que se tenga en cuenta para determinar la cuantía del aporte podrá ser superior al número de trabajadores reportados en la planilla.
La ley también hace referencia al procedimiento de postulación para la obtención del aporte del programa.
Luego de la sanción, los empresarios deben prepararse para las nuevas convocatorias del PAEF y sus programas complementarios, iniciativa que subsidia la nómina de los trabajadores de empresas que hayan reducido sus ingresos un 20 % o más a causa de la pandemia.
Según cifras entregadas por el Gobierno, el beneficio del PAEF, por tamaño de empleadores, muestra que el 91,9 % de compañías subsidiadas fueron pequeñas y medianas empresas, que en promedio registraron hasta 50 trabajadores promedio en sus nóminas.
Congreso de la República, Ley 2060, 10/22/20
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