Laboral

Aprendices con alternativa de trabajo en casa pueden recibir auxilio de conectividad digital.

Aunque en las circulares emitidas por el Ministerio del Trabajo sobre trabajo en casa no se mencionó el contrato de aprendizaje, el Sena ha previsto en su reciente normativa que los aprendices en etapa productiva deben acogerse a los lineamientos, parámetros y protocolos definidos por las empresas patrocinadoras.

 

El ministerio, mediante la Circular 1-2020, dirigida a servidores públicos, contratistas y aprendices del Sena, estableció en el numeral 15 lo siguiente:

“Los aprendices que se encuentren en ejecución de su etapa productiva bajo la alternativa de contrato de aprendizaje se acogerán a los lineamientos, parámetros y protocolos definidos por la empresa patrocinadora; si la empresa opta por permitir la continuidad de la ejecución de su etapa productiva a través del uso de herramientas o plataformas tecnológicas digitales se deberá establecer un plan de trabajo y seguimiento a las actividades del aprendiz por el periodo de la contingencia, comunicándolo por escrito al respectivo Centro de Formación”. (Lea: Auxilio de conectividad sustitutivo del auxilio de transporte procede aun cuando no haya emergencia sanitaria declarada)

Así las cosas, está en cabeza de los patrocinadores, sean del sector público o privado, decidir respecto de la ejecución de los contratos de aprendizaje utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones y, en ese sentido, permitiendo ejecutar labores mediante la modalidad de trabajo en casa. (Lea: Empleados públicos en trabajo en casa deben garantizar comunicación constante)

En este evento, precisó la cartera, habiendo dispuesto el pago del auxilio de transporte para el aprendiz en etapa productiva presencial como parte del apoyo económico, podría aplicarse el pago del auxilio de conectividad digital en su lugar, en aplicación del principio de analogía como fuente del Derecho, aplicable cuando beneficia a su destinatario y no hay norma expresa que lo regule.  

La entidad recuerda que sin un trabajador desempeña sus funciones bajo la modalidad de trabajo en casa y siempre que devengue hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes deberá recibir el pago por auxilio de conectividad digital, que será de valor equivalente al que recibía por auxilio de transporte.

 

Mintrabajo, Concepto 40891, Ene. 25/21.

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